✍️ Una sentencia clave para entender dónde están los límites legales
El uso de ordenadores, contraseñas y archivos digitales forma parte del día a día de cualquier trabajador. Sin embargo, no siempre se tiene claro hasta dónde puede llegar un superior jerárquico, un compañero o incluso un responsable público cuando se trata de acceder a dispositivos informáticos ajenos.
El Tribunal Supremo, en una importante sentencia dictada por el Pleno de la Sala Penal el 16 de octubre de 2025 en la sentencia 849/2025, rec. 2467/2022 ha dejado muy claro que acceder sin autorización al ordenador personal de otra persona puede constituir delito, incluso aunque el ordenador esté ubicado en el centro de trabajo y aunque no se demuestre qué documentos concretos se abrieron.
Además, la resolución analiza otro aspecto especialmente grave: la realización de funciones sanitarias sin titulación, poniendo en riesgo la salud de personas mayores en una residencia pública.
Estamos ante una sentencia que marca doctrina, aclara conceptos confusos y refuerza la protección penal tanto de la intimidad digital como de la seguridad sanitaria.
🏥 Los hechos: qué ocurrió realmente en la residencia de mayores
El caso se desarrolla en una residencia pública de mayores, donde una enfermera utilizaba de forma habitual un ordenador situado en su despacho. Aunque el equipo pertenecía al centro, en la práctica funcionaba como ordenador personal:
✔️ Uso exclusivo por parte de la enfermera
✔️ Protegido con contraseña personal
✔️ Contenía documentos privados, datos personales y correo electrónico
El acusado era empleado público y ejercía como director-gerente de la residencia en determinadas circunstancias. Aprovechando la ausencia de la enfermera, llevó a cabo dos conductas especialmente graves:
🔓 1. Acceso no autorizado al ordenador personal
El acusado:
🧩 Obtuvo la contraseña sin consentimiento
🖴 Utilizó un pendrive para eludir las medidas de seguridad
🔑 Accedió al ordenador protegido
📂 Entró en carpetas claramente identificadas como personales y privadas
🔁 Cambió la contraseña del equipo
Todo ello sin autorización, con la finalidad de obtener información privada que pudiera utilizar contra la trabajadora.
💉 2. Ejercicio de funciones de enfermería sin titulación
Durante años, especialmente fines de semana y periodos de ausencia de la enfermera titular, el acusado:
⚠️ Asumió funciones propias de enfermería
⚠️ Sin contar con el título habilitante
⚠️ Sin supervisión médica
Entre otras actuaciones:
💊 Preparación de pastilleros
🩹 Realización de curas
💉 Administración de insulina
💉 Administración de heparina
Estas prácticas se realizaron con personas mayores, especialmente vulnerables, generando un riesgo real y grave para su salud.
⚖️ El recorrido judicial: de la condena a la absolución… y vuelta a la condena
🏛️ Primera instancia: condena
La Audiencia Provincial condenó al acusado por:
✔️ Delito de descubrimiento de secretos cometido por funcionario público
✔️ Delito de intrusismo profesional
Imponiendo penas de prisión, multa, inhabilitación e indemnización.
🔄 Apelación: absolución parcial
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura revocó la condena por descubrimiento de secretos al entender que:
❌ No se había probado qué datos concretos se habían consultado
❌ Acceder al ordenador no bastaba si no se detallaba el contenido de los archivos
Eso sí, mantuvo la condena por intrusismo profesional.
🧑⚖️ Tribunal Supremo: corrección y doctrina clara
El Tribunal Supremo no comparte esa interpretación y, en Pleno, decide:
✅ Anular la absolución
✅ Restablecer la condena por descubrimiento de secretos
✅ Confirmar íntegramente la condena por intrusismo profesional
STS (Penal Pleno) de 16 octubre…
🔐 ¿Por qué acceder a un ordenador ajeno es delito?
Aquí está una de las claves más importantes de la sentencia.
El Supremo recuerda que el artículo 197.2 del Código Penal protege los datos personales reservados, y aclara algo fundamental:
📌 Dato personal no significa “dato secreto”
📌 Cualquier información que identifique a una persona está protegida
📌 En el entorno digital no hay datos inocuos
🔑 La contraseña también es un dato personal
Uno de los pronunciamientos más relevantes de la sentencia es este:
👉 La contraseña de un ordenador es un dato personal protegido penalmente
¿Por qué?
🧠 Porque identifica a su titular
🧠 Porque permite acceder a toda su información privada
🧠 Porque es la “llave” de su intimidad digital
Obtenerla y usarla sin permiso ya constituye una intromisión penalmente relevante, aunque no se demuestre qué archivos concretos se leyeron.
📂 Entrar en carpetas = acceder a datos personales
El Supremo rechaza el argumento de que “solo se vieron carpetas, no documentos”.
🛑 En la práctica, acceder a un ordenador personal protegido y explorar carpetas privadas implica necesariamente acceder a datos personales.
No es razonable exigir que se detalle archivo por archivo qué se abrió, porque:
✔️ El ordenador se usaba a diario
✔️ Contenía información privada
✔️ Las carpetas estaban identificadas como personales
Solo en casos excepcionales (por ejemplo, un ordenador vacío) podría discutirse la existencia de datos protegidos. No era el caso.
⚠️ El perjuicio existe aunque no haya daño económico
Otro punto clave: el perjuicio exigido por el tipo penal.
El Tribunal Supremo aclara que:
📌 El perjuicio no tiene que ser económico
📌 No es necesario que se use la información
📌 Basta con perder el control sobre los propios datos
👉 El simple acceso no autorizado ya genera perjuicio, porque vulnera el derecho de la persona a decidir quién entra en su esfera privada.
🩺 Intrusismo sanitario: mucho más que una irregularidad
En cuanto al intrusismo profesional, el Tribunal es especialmente contundente:
❗ No se trataba de tareas auxiliares
❗ Eran actos propios de enfermería
❗ Realizados sin título
❗ En un entorno de especial riesgo
Cuando se administra medicación a personas mayores sin cualificación, el Derecho penal debe intervenir.
📌 Conclusión: una sentencia con mensaje claro
Esta sentencia deja varias ideas muy claras:
✅ Acceder sin permiso al ordenador de otro puede ser delito
✅ Las contraseñas están protegidas penalmente
✅ No hace falta demostrar qué archivo se leyó
✅ El intrusismo sanitario tiene consecuencias penales
✅ Los empleados públicos tienen un deber reforzado de respeto
En definitiva, una resolución que adapta el Derecho penal a la realidad digital actual y protege tanto la intimidad como la seguridad de las personas más vulnerables.
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