Delito de impago de pensiones y responsabilidad civil

⚖️ Impago de pensiones y responsabilidad civil

¿Puede descontarse el pago de la hipoteca del importe adeudado?

🟢 Idea clave
En el delito de impago de pensiones (art. 227 del Código Penal), la responsabilidad civil no puede minorarse con pagos distintos de la prestación alimenticia fijada judicialmente, aunque se trate de gastos relacionados con la vivienda familiar.

Esta cuestión, habitual en la práctica penal y de familia, ha sido aclarada por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en su Sentencia nº 947/2025, de 19 de noviembre.


🧭 La cuestión jurídica que se debatía

El debate no giraba en torno a la existencia del delito —el impago prolongado de la pensión estaba acreditado—, sino sobre un aspecto muy concreto de sus consecuencias civiles:

¿Puede descontarse de la responsabilidad civil por impago de alimentos el importe de las cuotas hipotecarias abonadas por el progenitor obligado o por un familiar suyo?

La Audiencia Provincial había entendido que sí, aplicando un criterio de imputación de pagos, y redujo la cuantía de la responsabilidad civil teniendo en cuenta esos pagos hipotecarios.

Esta decisión fue recurrida en casación.


📚 El contexto del caso

En el supuesto analizado por el Tribunal Supremo:

  • Existía una sentencia firme que fijaba una pensión de alimentos a favor de las hijas menores.

  • El progenitor obligado dejó de abonar la pensión durante un largo periodo, pese a tener capacidad económica.

  • Fue condenado por delito de abandono de familia por impago de pensiones (art. 227 CP).

  • Al fijar la responsabilidad civil, el tribunal de apelación descontó:

    • Cantidades abonadas por la madre del acusado

    • En concepto de cuotas del préstamo hipotecario del inmueble en el que residían las menores con su madre

La acusación particular recurrió esa minoración.


⚖️ Qué protege el delito de impago de pensiones

El Tribunal Supremo recuerda que el artículo 227 del Código Penal protege un bien jurídico muy concreto:

🟢 El derecho de los hijos a percibir alimentos, como manifestación directa de los deberes derivados de la patria potestad.

No se protege:

  • El equilibrio patrimonial entre progenitores

  • La liquidación del régimen económico matrimonial

  • Ni otras obligaciones civiles paralelas

El tipo penal sanciona exclusivamente la omisión del pago de la pensión de alimentos fijada judicialmente.


🧾 Qué comprende la obligación alimenticia

La sentencia recuerda que, conforme al Código Civil, los alimentos incluyen:

  • Alimentación

  • Vivienda

  • Vestido

  • Asistencia médica

  • Educación y formación

Pero subraya un matiz esencial:

🟢 La obligación alimenticia no se confunde con otras cargas económicas, aunque estas estén relacionadas indirectamente con la vivienda familiar.

El pago de una hipoteca:

  • No equivale al pago de la pensión

  • No sustituye automáticamente a la prestación alimenticia

  • No puede imputarse sin más al cumplimiento de dicha obligación


⚠️ Por qué no cabe aplicar la imputación de pagos

Uno de los argumentos rechazados por el Tribunal Supremo es la aplicación de reglas civiles de imputación de pagos.

La Sala Segunda es clara:

  • La responsabilidad civil derivada del delito se rige por el principio de causalidad penal.

  • Solo pueden indemnizarse los daños directamente causados por el hecho delictivo.

  • El hecho delictivo aquí es el impago de la pensión, no el incumplimiento de otras obligaciones económicas.

Aplicar criterios de compensación propios del Derecho civil supondría:

  • Desnaturalizar la protección penal del derecho de alimentos

  • Vaciar de contenido el tipo penal del artículo 227 CP


🔗 La relación de causalidad como límite

El Tribunal Supremo insiste en que la responsabilidad civil penal:

🟢 Debe guardar una relación directa y exclusiva con la conducta delictiva.

En este caso:

  • El daño indemnizable es el importe de las pensiones impagadas.

  • Las cuotas hipotecarias no derivan del delito, sino de una relación jurídica distinta.

  • Por tanto, no pueden minorar la responsabilidad civil.


⚖️ El fallo del Tribunal Supremo

La Sala Segunda:

  • Estima el recurso de casación

  • Anula el pronunciamiento de la Audiencia Provincial

  • Declara que no procede descontar las cuotas hipotecarias

  • Fija la responsabilidad civil únicamente en función del impago de alimentos


📌 Qué nos recuerda esta sentencia

🟢 El delito de impago de pensiones protege un derecho de orden público.
🟢 La responsabilidad civil penal se limita al daño causado por el delito.
🟢 No cabe compensar alimentos con otras obligaciones económicas.
🟢 El pago de hipoteca no equivale al pago de pensión.
🟢 Las reglas civiles no pueden alterar el contenido del tipo penal.


🏁 Conclusión

La Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2025 (STS 947/2025) fija un criterio claro y relevante:

En el delito de impago de pensiones, la responsabilidad civil no puede reducirse mediante pagos ajenos a la prestación alimenticia, aunque se trate de gastos vinculados a la vivienda familiar.

Una resolución que refuerza la protección penal del derecho de alimentos y delimita con precisión qué pagos cuentan —y cuáles no— a efectos del delito.

Si necesitas un abogado penalista puedes ponerte en contacto con nosotros y estaremos encantado de atenderle.

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