Cuestiones básicas sobre la Pareja de Hecho

Las parejas de hecho han ganado reconocimiento en el derecho español como una alternativa al matrimonio. Sin embargo, en España no existe una ley estatal que regule de manera uniforme estas uniones, sino que su regulación depende de cada comunidad autónoma. En el caso de Melilla, al ser una Ciudad Autónoma sin competencia en materia de derecho civil, la regulación de las parejas de hecho es limitada y depende de normativas estatales y locales.

1. Regulación de las Parejas de Hecho en Melilla

A diferencia de otras comunidades autónomas con normativas específicas sobre parejas de hecho, Melilla no cuenta con una legislación propia. Sin embargo, las parejas de hecho pueden registrarse a nivel municipal y acogerse a los derechos reconocidos en la legislación estatal.

Algunos aspectos clave en la regulación de las parejas de hecho en Melilla son:

  • No se exige un tiempo mínimo de convivencia para registrarse como pareja de hecho.
  • La inscripción en un registro público, como en otros municipios, puede servir como prueba de la convivencia.
  • Se aplican normas estatales y jurisprudencia en materia de derechos y obligaciones patrimoniales, pensión de viudedad, acceso a beneficios sociales y asistencia sanitaria.

2. Derechos y Obligaciones de las Parejas de Hecho en Melilla

Las parejas de hecho registradas en Melilla tienen acceso a determinados derechos, aunque con diferencias significativas respecto al matrimonio. Algunos de los derechos más relevantes son:

2.1. Derechos Laborales y de Seguridad Social

Las parejas de hecho pueden beneficiarse de derechos como:

  • Pensión de viudedad, siempre que se cumplan los requisitos de convivencia mínima y dependencia económica establecidos por la Seguridad Social.
  • Permiso laboral por fallecimiento o enfermedad grave de la pareja, según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

2.2. Derechos Fiscales

A diferencia de los matrimonios, las parejas de hecho no pueden realizar la declaración conjunta del IRPF. Sin embargo, pueden acceder a algunas deducciones en el impuesto de sucesiones y donaciones, aunque en condiciones menos favorables que los cónyuges.

2.3. Régimen Patrimonial

  • En ausencia de un acuerdo formal, cada miembro de la pareja mantiene la propiedad de sus bienes.
  • Se recomienda firmar un acuerdo de convivencia que regule el reparto de bienes en caso de ruptura.

2.4. Derechos de Residencia y Extranjería

  • Para los ciudadanos extranjeros, la pareja de hecho puede ser un criterio para la concesión del arraigo social y la tarjeta de residencia en régimen comunitario, siempre que la unión esté debidamente registrada y acreditada.

3. Ruptura de la Pareja de Hecho

Las parejas de hecho pueden disolverse por:

  • Mutuo acuerdo.
  • Voluntad unilateral de una de las partes.
  • Fallecimiento de uno de los miembros.
  • Cese de la convivencia por un periodo determinado.

En caso de ruptura, no existe una regulación específica en Melilla sobre compensación económica o reparto de bienes, por lo que se recomienda acudir a acuerdos privados o a la vía judicial en caso de conflicto.

4. Requisitos

Para inscribirse como pareja de hecho en la Ciudad Autónoma de Melilla, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Edad y capacidad legal:
    • Ser mayores de edad o menores emancipados.
    • No estar incapacitados para contraer matrimonio. Las personas con deficiencias o anomalías psíquicas deben aportar una certificación médica que acredite su capacidad para prestar libre consentimiento.
  2. Relación de parentesco:
    • No tener relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o en línea colateral hasta el segundo grado.
  3. Estado civil:
    • No estar sujetos a vínculo matrimonial.
    • No figurar inscritos en ningún registro como miembros de otra unión de hecho no cancelada.
  4. Residencia:
    • Ambos miembros deben tener su residencia legal en Melilla y estar debidamente empadronados en la ciudad.
  5. Convivencia:
    • Haber mantenido una convivencia en una relación de afectividad, libre, pública, notoria y estable durante al menos un año continuado.

    Para acreditar esta convivencia ininterrumpida, los interesados deben personarse ante el encargado del Registro acompañados de dos testigos mayores de edad en pleno ejercicio de sus derechos civiles. Alternativamente, se puede presentar un documento notarial que acredite la convivencia o la acreditación de tener descendencia en común.

En definitiva, las parejas de hecho en Melilla pueden acceder a ciertos derechos, pero no gozan de la misma protección que los matrimonios. La falta de una regulación específica en la Ciudad Autónoma hace recomendable la inscripción en registros municipales y la firma de acuerdos de convivencia para evitar conflictos en el futuro.

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