⚖️ Cuando una baja médica cambia de enfermedad común a accidente de trabajo
¿desde cuándo se cobra lo correcto?
🟢 Idea clave
No basta con que se reconozca que una baja es laboral.
La fecha en la que se solicita el cambio determina cuánto dinero se puede recuperar.
🧩 El problema real detrás de miles de bajas médicas
Muchos trabajadores inician una baja médica como enfermedad común cuando en realidad su patología tiene origen laboral: contagios, lesiones, estrés, sobrecarga, accidentes o enfermedades profesionales.
Ese error inicial no es solo médico. Es económico.
Porque no es lo mismo:
-
Cobrar una incapacidad temporal por enfermedad común
que -
Cobrar una incapacidad temporal por accidente de trabajo
La diferencia puede suponer cientos o miles de euros, además de determinar quién paga la prestación (INSS o mutua) y qué derechos futuros se generan.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 3 de diciembre de 2025, ha vuelto a fijar una regla esencial:
👉 hasta dónde puede retroceder el pago cuando una baja se recalifica como profesional.
👩⚕️ El caso: una auxiliar de geriatría contagiada en su trabajo
Una auxiliar de enfermería trabajaba en una residencia de mayores con un brote activo de COVID-19.
Atendía a residentes infectados y terminó contagiándose.
📅 El 30 de octubre de 2020 inició una baja médica.
Pero fue tramitada como enfermedad común.
Meses después, el 26 de marzo de 2021, solicitó al INSS que se reconociera que su baja tenía origen laboral.
El INSS le dio la razón y declaró que se trataba de un accidente de trabajo.
Pero entonces surgió el verdadero conflicto:
❓ ¿Desde cuándo debía pagarse como baja profesional?
¿Desde el inicio de la baja (octubre de 2020) o solo desde unos meses antes?
💶 ¿Por qué esta fecha lo cambia todo?
Porque las prestaciones son muy diferentes:
| Tipo de baja | Quién paga | Cuánto se cobra |
|---|---|---|
| Enfermedad común | INSS o mutua | 60% desde el día 4, 75% desde el día 21 |
| Accidente de trabajo | Mutua | 75% desde el día siguiente |
Además, en la baja profesional:
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No hay días sin cobrar
-
La mutua asume más obligaciones
-
Se pueden exigir responsabilidades a la empresa
Por eso, si el cambio se retrotrae muchos meses, el impacto económico es enorme.
⚖️ El conflicto jurídico
Cuando una baja pasa de enfermedad común a profesional, se sigue un procedimiento especial ante el INSS llamado determinación de contingencia.
Pero la ley no dice claramente desde cuándo deben aplicarse los efectos económicos del cambio.
Aquí entran en juego dos normas:
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La Ley de Procedimiento Administrativo
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La Ley General de la Seguridad Social
Y es esta última la que establece que, cuando se revisa una prestación ya reconocida, los efectos económicos solo pueden retroceder como máximo tres meses desde que se presenta la solicitud.
🧭 Lo que decide el Tribunal Supremo
El Supremo es claro y contundente:
🟢 Cuando un trabajador solicita que su baja pase de enfermedad común a accidente de trabajo, los efectos económicos solo pueden retrotraerse tres meses antes de la solicitud.
Aunque:
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El origen laboral exista desde el primer día
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El INSS lo reconozca en vía administrativa
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No haya habido pleito previo
Lo decisivo es la fecha en la que se pidió el cambio.
En el caso concreto:
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Solicitud: 26 de marzo de 2021
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Tres meses antes: 26 de diciembre de 2020
Por tanto, la mutua solo tenía que pagar como baja profesional desde diciembre, no desde octubre.
🛑 Regla de oro
🔴 No esperes para pedir la determinación de contingencia.
Cada mes que pasa es dinero que pierdes.
Si tu baja se debe a:
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Un accidente
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Un contagio en el trabajo
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Estrés, ansiedad o acoso
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Sobrecargas o lesiones repetitivas
Debes solicitar cuanto antes que el INSS revise la contingencia.
👨💼 Consecuencias para empresas y mutuas
Esta doctrina:
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Evita retroactividades ilimitadas
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Da seguridad jurídica
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Limita reclamaciones descontroladas
Pero también obliga a empresas y mutuas a:
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Investigar bien el origen de las bajas
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Documentar los riesgos laborales
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Responder con rapidez a las solicitudes del trabajador
❓ Mini-FAQ
🔹 ¿Si el INSS se equivocó al principio puedo recuperar todo?
No. Aunque el error fuera de la administración, solo se retrotraen tres meses desde que se pide el cambio.
🔹 ¿Si ya estoy de alta puedo cobrar atrasos?
Sí, siempre que esos tres meses caigan dentro del periodo en que estuviste de baja.
🔹 ¿Esto vale también para enfermedades profesionales?
Sí. Se aplica a cualquier cambio de contingencia en incapacidad temporal.
📌 Conclusiónhttps://abogadosmelilla.es/abogado-laboral-y-seguridad-social/
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2025 deja una frontera muy clara:
✔️ La justicia reconoce el origen laboral
❌ Pero el dinero solo retrocede tres meses
En materia de bajas médicas, el tiempo es dinero en el sentido más literal.
Si sospechas que tu baja es laboral, no lo dejes pasar. Un solo mes puede suponer una diferencia económica muy importante.
Si necesitas un abogado laboralista y experto en seguridad social puedes ponerte en contacto con nosotros y estaremos encantado de atenderle.